75º ANIVERSARIO
DIRECCION DEL TRABAJO
LOS
INICIOS
Cuando las principales naciones del mundo promovían una
acelerada industrialización que planteaba problemas sociales
con la creación del trabajo asalariado y que dio como resultado
el nacimiento de la Organización Internacional del Trabajo
y de las normas internacionales sobre la materia, en América
Latina surge también la reflexión sobre “la
cuestión social”, es decir como desde el Estado se
equilibra jurídicamente la desigualdad económica
y social que se da entre las partes de la relación del trabajo.
Nace así
la legislación social, eminentemente protectora, con normas
imperativas e irrenunciables, y los órganos del Estado encargados
de velar por su cumplimiento. Ello da lugar a la creación
de la Dirección General del Trabajo mediante la ley Nº 4.053
de 1924. No es casualidad que en ese año dicten las leyes
laborales, las que después refundidas en 1931,darán
lugar a nuestro primer Código del Trabajo, y que simultáneamente
se cree la Dirección del Trabajo, un día 29 de septiembre
de 1924.
El legislador de la época recogiendo la diversidad de intereses
y reconociendo el conflicto social, también le asigna a
la Dirección del Trabajo una función muy importante
en la prevención y conciliación de los conflictos
laborales; ello, junto con reconocer y garantizar el derecho de
los trabajadores a sindicalizarse y de estatuir el mecanismo de
la negociación colectiva como el instrumento legal para
la solución de los conflictos.
El elemento de justicia- de equidad entre partes desiguales- que
está presente en la expresión del “estado social” se
incrementa con el tiempo al adscribirse a la estructura de la DT
los Tribunales del Trabajo, los que permanecen bajo su égida
hasta 1953. En el desarrollo posterior de la institución,
hasta nuestros días,
ésta continúa formando parte del engranaje del Estado
que debe garantizar a sus ciudadanos (as) en su calidad de trabajadores
(as) el acceso a la justicia.
En 1967, mediante el D.F.L.2, se definió a la Dirección
del Trabajo como un organismo Técnico que tiene la función
de fiscalizar la aplicación de la legislación laboral,
fijar por medio de Dictámenes el sentido y alcance de las
leyes del trabajo, difundir la legislación laboral, supervigilar
el funcionamiento de las Organizaciones Sindicales y prevenir y
ayudar a solucionar los conflictos del trabajo.
En los últimos 20 años a la Dirección del
Trabajo se le han ido asignando nuevas tareas como velar por la
salud de los trabajadores prohibiendo el trabajo extraordinario
en circunstancias calificadas, controlar los límites de
jornadas, fiscalizar los descansos, velar por el cumplimiento de
las normas sobre la protección a la maternidad, todo mediante
el D.L. 2.201 en 1978. Asimismo , entre 1981 y1996 se ampliaron
las facultades para fiscalizar la legislación previsional,
se la faculta para autorizar sistemas excepcionales de distribución
de jornada y se le otorga jurisdicción sobre materias de
higiene, seguridad y prácticas antisindicales.
LA
MODERNIZACIÓN
En el transcurrir de un siglo, el mundo ha experimentado grandes
cambios en los más diversos ámbitos. No sólo
está el nuevo paradigma de la mundialización con
todos sus componentes y múltiples efectos en la estructuración
del área productiva, de la organización del trabajo
e incluso en los contenidos de este último, sino también
en el plano de las ideas se converge cada vez más en el
planteamiento que sólo es posible alcanzar grados mayores
de equidad si se genera más crecimiento económico.
Crecimiento que debe sustentarse en empleos dignos y productivos.
En descubrir y relevar los que une sin deslegitimar la diversidad
y las divergencias.
La Dirección del Trabajo se ha hecho cargo de los nuevos
desafíos a que la enfrenta esta realidad compleja, dinámica
y cambiante. Ha incrementado sustantivamente la difusión
de la normativa laboral, la capacitación y la asistencia
técnica a organizaciones sindicales y de empleadores, las
formas preventivas de fiscalización; el fomento a las organizaciones
sindicales y a la negociación colectiva así como
al diálogo como solución de conflicto entre trabajadores
y empleadores; se ha preocupado del estudio de los nuevo fenómenos
que emergen en el mundo del trabajo y que pueden dar lugar a cambios,
educación o elaboración de nuevas normas o de nuevas
políticas. Por último, ha hecho también un
valioso y constante esfuerzo, en su quehacer cotidiano, por dialogar
y considerar las opiniones de organizaciones sindicales y empresariales,
sin abandonar de ninguna manera sus responsabilidades en la interpretación
de la ley y en el control y sanción a las transgresiones
a la normativa laboral, en el marco de la autonomía que
el estado de derecho garantiza a todo ente fiscalizador.
NUESTRA
MISION
Contribuir a modernizar y hacer más equitativas las relaciones
laborales, velando por el cumplimiento normativo, promoviendo la
capacidad de las propias partes para regularlas, sobre la base
de la autonomía colectiva y el desarrollo de las relaciones
de equilibrio entre los actores, favoreciendo de tal modo el desarrollo
del país. |