TREINTA AÑOS
DE VIGENCIA DEL TRATADO ANTARTICO
SELLO Nº 1544-1545
El día 2 de mayo
de 1958, el Presidente de Estados Unidos de América, Dwight
D. Eisenhower envió una nota a las naciones que participaban
en investigaciones científicas en el Continente Antártico,
con ocasión del Año Geofísico Internacional
1957-1958, en ella se invitaba a una conferencia y se hacían
proposiciones fundamentales sobre la firma de un eventual Tratado
Antártico. La proposición norteamericana tuvo buena
acogida y la Conferencia se celebró en Washington D.C.
desde el 15 octubre hasta el 1º de diciembre de 1959, fecha
en que el Tratado, que consta de catorce Artículos, fue
firmado por los siguientes 12 países: Argentina, Australia,
Bélgica, Chile, Francia, Japón, Nueva Zelandia,
Noruega, República de Sudáfrica, Unión Soviética,
Reino Unido e Irlanda del Norte y Estados Unidos de América.
Posteriormente, tras ser ratificado por estos mismos países
entró en vigencia el 23 de junio de 1961.
Una de las disposiciones del Tratado,
estipula que la Antártica deberá
ser utilizada exclusivamente para propósitos pacíficos
y no llegar a ser escenario u objeto de discordia internacional.
Por ello se prohíben las maniobras militares, las explosiones
nucleares y la eliminación de desechos radiactivos, constituyéndose
en el primer acuerdo internacional que prohíbe tales actividades
en un territorio.
En su Artículo IV se establece
un statu quo, disponiendo que el Tratado no afectará
los derechos de soberanía de las Partes Contratantes o sus
reclamaciones que hayan hecho valer precedentemente; no perjudicará la
posición de cualquiera de las partes contratantes, en lo
concerniente a su reconocimiento o no reconocimiento del derecho
de soberanía territorial, de una reclamación o fundamento
de reclamación de soberanía territorial de cualquier
otro estado en la Antártica. No se harán nuevas reclamaciones
de soberanía territorial en la Antártica, ni se ampliará las
anteriormente hechas valer, mientras el Tratado se halle en vigencia.
Este documento está
abierto a la adhesión de cualquier Estado miembro de las
Naciones Unidas o de otro cualquier Estado que pueda ser invitado
a adherirse al Tratado con el consentimiento de todas las Partes
Contratantes. Los Estados Adherentes sólo podrán
lograr carácter Consultivo, después de demostrar
su interés en la Antártica mediante la realización
en ella de investigaciones científicas importantes, como
el establecimiento de una estación o el envío de
una expedición científica. En virtud de lo anterior,
a la fecha existen 26 miembros Consultivos y 13 Adherentes.
El Artículo XII dispone,
que si, después de expirar 30 años, contados desde
la fecha de entrada en vigencia del presente Tratado, cualquiera
de las Partes Contratantes, cuyos representantes están facultados
a participar en las reuniones previstas en el Artículo IX,
así lo solicita, mediante una comunicación dirigida
al gobierno depositario (Estados Unidos de América), se
celebrará, en el menor plazo posible, una conferencia de
todas las Partes Contratantes para revisar el funcionamiento del
Tratado.
Toda modificación o enmienda
al Tratado, aprobada en tal conferencia por la mayoría e
las Partes Contratantes, se comunicará
a todas ellas por el Gobierno depositario, inmediatamente después
de finalizar la conferencia. Tal modificación o enmienda
entrará en vigencia cuando el gobierno depositario, haya
sido notificado por la totalidad de dichas Partes Contratantes
que las han ratificado.
Si la modificación o enmienda
no hubiere entrado en vigencia de conformidad con lo dispuesto
anteriormente, dentro de un período de dos años,
contados desde la fecha de su comunicación a todas las Partes
Contratantes, cualquiera de ellas podrá, en cualquier momento,
después de la expiración de dicho plazo, informar
al gobierno depositario, que ha dejado de ser parte del Tratado
Antártico y su retiro tendrá
efecto dos años después que el gobierno depositario
haya recibido esta notificación.
A juicio de los expertos, el Tratado
Antártico se ha erigido en una pieza fundamental del Derecho
Internacional, conquistando hasta el momento todos los objetivos
propuestos. De ellos, el más preciado por la humanidad:
el de hacer del Continente Antártico una tierra promisoria
de paz y confraternidad.
Precisamente esto, es lo que
hoy se conmemora con la emisión de dos sellos - uno referido
a la ciencia y otro a la fauna antártica - al cumplirse
el trigésimo aniversario del Tratado Antártico.
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