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SELLOS/STAMPS # 1099-1108
1984 “X ANIVERSARIO DEL PROCESO DE REGIONALIZACION”
SELLO # 1094 SELLO # 1095 SELLO # 1096
# 1094 # 1095 # 1096
SELLO # 1097 SELLO # 1098 SELLO # 1099
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SELLO # 1094-08
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PRIMER DÍA DE EMISIÓN
FIRST DAY ISSUE
11.07.1984
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ANTARTICA / ANTARCTIC
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IGLESIAS / CHURCHES
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“X ANIVERSARIO DEL PROCESO DE REGIONALIZACION”
sellos nº1094-1108

El proceso de regionalización del país, que en este mes de Julio cumple diez años de vigencia, constituye una de las realizaciones más importantes y significativas del actual Gobierno, pues no sólo ha estimulado el desarrollo integral y armónico de todo el territorio nacional, sino que sino que también ha permitido la participación de la comunidad en la definición de su propio destino.
Mediante él se ha logrado revertir el proceso que, a través del tiempo, fue centralizando, especialmente en la capital de la Nación, la inversión de recursos económicos, humanos y materiales, en desmedro del resto del país, y que llevó a concentrar el poder de decisión en Santiago, con el consiguiente aumento de la burocracia estatal.
En el contexto del citado proceso de Regionalización, se planteó un nuevo esquema político y administrativo de Chile, coherente, integrador y participativo, que garantiza su desarrollo armónico a través de una estructura de gobierno y administración de áreas homogéneas: Regiones, Provincias y Comunas, identificadas y establecidas como divisiones territoriales en las cuales pueden ejercerse en forma más adecuada las funciones de gobierno y administración del Estado.
Para ello, la nueva estructura territorial contempla en los aspectos funcionales un sistema de gobierno y administración conformado a su vez por tres subsistemas: el jerárquico o de autoridad político- administrativa, integrado por Intendentes, Gobernadores y Alcaldes, estos últimos para efectos de administración local; el técnico o de planificación, del que forman parte las Secretarías Regionales de Planificación y Coordinación, las Delegaciones Provinciales de éstas y las Secretarías Comunales correspondientes; y el de participación, constituido por los Consejos de Desarrollo Regionales y Comunales. A lo anterior se suma la desconcentración territorial orgánica y funcional de los Ministerios y de los Servicios Públicos, destinada a apoyar la política de desarrollo regionalizado a través de las Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales o Provinciales de Servicios.
Complementando este esquema de desconcentración administrativa, se estableció una modalidad de financiamiento permanente del desarrollo regional en el Presupuesto Nacional, denominada Fondo Nacional de Desarrollo respectivo, permitiendo así, en forma efectiva, la participación ciudadana en torno a las decisiones de la autoridad.
Por otra parte en el marco e la política de desarrollo comunal del Gobierno, inserta dentro del proceso de Regionalización destinada a hacer efectivo el postulado de descentralización nacional ya enunciado, se revitalizó por las funciones Municipales, constituidas por el Alcalde y el Consejo de Desarrollo Comunal, entregándoles responsabilidades que por muchos años les fueron limitadas, y aún sustraídas, por la Administración Pública, en las áreas de educación, salud, acción social y otras.
La citada revitalización de las funciones de la Municipalidad ha sido acompañada por el correspondiente y adecuado financiamiento, estableciéndose para ello un sistema redistributivo que ha permitido el cumplimiento de estas tareas no sólo en las comunas de mayores ingresos, sino también en aquellas que, hasta la implantación del sistema, carecían de los recursos para satisfacer las necesidades de sus habitantes.
Por otra parte, este nuevo papel asignado a las Municipalidades ha constituido un medio eficaz para hacer llegar las prestaciones de servicios a sus usuarios, permitiendo, a la vez, un mejor control de ellas por la propia comunidad beneficiaria.
Los esquemas ideados y materializados en 1974, en los decretos leyes Nº 573 Y 575, una vez aplicados, experimentados y perfeccionados, fueron consagrados definitivamente en la Constitución Política de la República de Chile, que nos rige a contar del 11 de Marzo de 1981.
Por ello, al conmemorarse el Décimo Aniversario del inicio de un proceso que es parte fundamental de la nueva Institucionalidad del país, el Gobierno ha dispuesto, entre otras medidas, la emisión de sellos conmemorativos destinados a celebrar esta histórica tarea, en continuo avance, ya que próximamente materializará nuevas fases con la dictación de las leyes orgánicas constitucionales que permitirán la participación, cada vez más plena de la comunidad, en organismos trascendentales como son los Consejos Regionales de Desarrollo y los Consejos Comunales de Desarrollo.

AUGUSTO PINOCHET UGARTE
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